El ecosistema de innovación en Chile está ad portas de un cambio histórico. El Proyecto de Ley de Transferencia Tecnológica y conocimiento avanza con fuerza. Es fundamental destacar que el pasado 22 de julio el pleno del tribunal tomó una decisión respecto del fondo del proyecto de ley de Transferencia Tecnológica; actualmente se está a la espera de la redacción y publicación de la sentencia formal, lo que podría ocurrir en las próximas 2 a 3 semanas.
Este proyecto de Ley de Transferencia Tecnológica tiene como objetivo principal establecer un marco regulatorio para que el valor generado por la investigación, la ciencia y la tecnología cuente con la capacidad suficiente para ser transferido a la sociedad civil y la industria.
Para las instituciones de educación superior (IES) y las Oficinas de Transferencia y Licenciamiento (OTLs), esto significa un cambio radical en las reglas del juego. A continuación, desglosamos los pilares más importantes de esta nueva normativa.
1. Luz verde a la participación en Empresas de Base Científico-Tecnológica (EBCT)
Uno de los mayores frenos para la innovación pública ha sido el conflicto de interés. La nueva ley cambia este panorama:
- Las y los académicos podrán ser autorizados a participar de las empresas de base científico-tecnológica.
- En el caso de las IES públicas, los académicos e investigadores requerirán una autorización explícita de su institución.
- Las instituciones deberán emitir una resolución fundada que regule las condiciones y procedimientos para esta autorización.
- Se exigirá un reglamento interno que asegure un adecuado balance entre la docencia, la investigación y la transferencia tecnológica, además de regular la declaración de conflictos de interés y el uso de recursos públicos.
2. Inversión y contratos directos entre las IES y las EBCT
El proyecto empodera a las universidades para ser socias activas en la comercialización de la ciencia:
- Se permitirá a las instituciones de educación superior crear o participar en empresas de base científico-tecnológicas que surjan a partir de los resultados de sus investigaciones.
- Al momento de constituir estas empresas, las IES deberán determinar en el acto de constitución el porcentaje de los derechos de propiedad industrial, intelectual y secretos empresariales, así como la distribución de los dividendos y regalías.
- Las IES podrán suscribir contratos o convenios de cooperación con estas EBCTs para transferirles tecnología o acceder a productos y servicios.
- Estos contratos deberán ser aprobados por resolución fundada, puestos en conocimiento de la Superintendencia de Educación Superior y tomados de razón por la Contraloría General de la República.
3. Repositorio Nacional y la regla del “Úsalo o compártelo”
La ley busca democratizar el acceso a la ciencia financiada por el Estado:
- Se crea un Repositorio Nacional de Conocimiento e Información Científica y Tecnológica, de carácter electrónico, acceso público y gratuito, el cual estará a cargo de la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID).
- Toda persona que realice investigación con fondos públicos, de forma total o parcial, deberá dejar una copia de la versión final del estudio en este repositorio.
- Si alguien genera un producto, innovación o diseño con financiamiento público que sea susceptible de protección de propiedad industrial o intelectual, deberá manifestar su intención de protección a la ANID.
- En caso de no manifestar esta intención, la invención pasará a ser de dominio público a través del Repositorio.
La ley habilita, Órbita Sur ejecuta: Preparando a tu institución
Con la inminente publicación de la sentencia en las próximas semanas, las universidades y centros de investigación deben estructurar rápidamente sus normativas internas y capacidades operativas. La burocracia ya no será una excusa para no transferir, pero gestionar esta nueva avalancha de spin-offs, contratos y patentes requerirá un soporte robusto.
En Órbita Sur, transformamos el conocimiento en valor estratégico e impacto real. Estamos listos para ayudar a tu institución a liderar bajo este nuevo marco normativo a través de nuestros servicios especializados:
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- Gestión de Contratos de Transferencia Tecnológica: Te ayudamos en la gestión integral de contratos de transferencia tecnológica, asegurando que los acuerdos de licenciamiento, regalías y participación con las nuevas EBCTs sean rentables y estén perfectamente alineados con las normativas internas y la nueva ley.
- Gestión Digital: La exigencia de reportar a la ANID, la Superintendencia y Contraloría requerirá orden absoluto. Ofrecemos diseño UX/UI y desarrollo de aplicaciones personalizadas para la gestión integral de I+D y OTLs, además de la integración de sistemas y plataformas de gestión de portafolio tecnológico.
- Project Management: Asumimos la dirección estratégica y Project Management para proyectos tecnológicos complejos, guiando a tus investigadores en esta nueva etapa.
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